Art. 86 · Presentación de cuentas y aprobación de la gestión de la Agencia

Art. 86

Presentación de cuentas y aprobación de la gestión de la Agencia

En vigor desde 28 abr 2021
Artículo 86 Presentación de cuentas y aprobación de la gestión de la Agencia La presentación de las cuentas provisionales y definitivas de la Agencia y la aprobación se ajustarán a las normas y el calendario del Reglamento Financiero y del reglamento financiero marco de los organismos a que se refiere el artículo 70 del Reglamento Financiero.
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