Art. 14
Principios de la contratación
En vigor desde 28 abr 2021
Artículo 14
Principios de la contratación
1. En los procedimientos de contratación para los fines del Programa, el órgano de contratación actuará con arreglo a los siguientes principios:
a)
fomentar en todos los Estados miembros de la Unión y a lo largo de toda la cadena de suministro, la participación más amplia y más abierta posible por parte de los operadores económicos, y particularmente empresas emergentes, nuevos actores y pymes, incluido en el caso de la subcontratación por los licitadores;
b)
garantizar una competencia efectiva y, en la medida de lo posible, para evitar la excesiva dependencia de un único proveedor, en particular para equipos y servicios críticos, al tiempo que se toman en cuenta los objetivos de independencia tecnológica y continuidad de los servicios;
c)
como excepción a lo dispuesto en el artículo 167 del Reglamento Financiero, utilizar, cuando proceda, fuentes múltiples de suministro a fin de garantizar un mayor control general de todos los componentes del Programa, sus costes y su calendario;
d)
seguir los principios de acceso abierto y competencia leal a lo largo de toda la cadena de suministro de la industria, la convocatoria de licitaciones acompañadas de información transparente y actualizada, la comunicación de información clara sobre las normas y procedimientos de contratación, los criterios de selección y adjudicación y cualquier otra información pertinente para que todos los licitadores potenciales accedan en las mismas condiciones, incluidas las pymes y las empresas emergentes;
e)
reforzar la autonomía de la Unión, en particular en términos tecnológicos;
f)
cumplir los requisitos de seguridad de los componentes del Programa y contribuir a la protección de los intereses esenciales de seguridad de la Unión y de sus Estados miembros;
g)
promover la continuidad y fiabilidad del servicio;
h)
satisfacer criterios sociales y medioambientales pertinentes.
2. El órgano de contratación, en el seno de la Comisión, examinará el proceso de contratación relativo a todos los componentes del Programa y supervisará la ejecución contractual del presupuesto de la Unión delegada en las entidades encargadas. Cuando sea oportuno se invitará a un representante de cada una de las entidades encargadas.
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