Art. 109 · Derogaciones

Art. 109

Derogaciones

En vigor desde 28 abr 2021
Artículo 109 Derogaciones 1.   Quedan derogados los Reglamentos (UE) n.o 912/2010, (UE) n.o 1285/2013 y (UE) n.o 377/2014 y la Decisión n.o 541/2014/UE con efectos a partir del 1 de enero de 2021. 2.   Las referencias a los actos derogados se entenderán hechas al presente Reglamento.
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