Art. 1

Art. 1

En vigor desde 23 abr 2021
Artículo 1 1.   En la lista de la Unión de nuevos alimentos autorizados a la que se hace referencia en el artículo 6 del Reglamento (UE) 2015/2283 y que se incluye en el anexo del Reglamento de Ejecución (UE) 2017/2470, la entrada correspondiente a las semillas de chía (Salvia hispanica) como nuevo alimento se modifica con arreglo a lo dispuesto en el anexo del presente Reglamento. 2.   La entrada en la lista de la Unión a la que se hace referencia en el apartado 1 incluirá las condiciones de uso y los requisitos de etiquetado establecidos en el anexo del presente Reglamento.
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