Art. 16 · Validez del certificado

Art. 16

Validez del certificado

En vigor desde 22 abr 2021
Artículo 16 Validez del certificado 1.   Un certificado de proveedor de servicios de U-Space o de proveedor único de servicios comunes de información seguirá siendo válido mientras el titular del certificado cumpla los requisitos pertinentes establecidos en el presente Reglamento. 2.   Un certificado de proveedor de servicios de U-Space o de proveedor de servicios comunes de información dejará de ser válido si el titular del certificado: a) no ha iniciado sus operaciones en un plazo de seis meses a partir de la expedición del certificado; b) ha cesado sus operaciones durante más de 12 meses consecutivos. 3.   La autoridad competente o la Agencia, según proceda, evaluarán los resultados operativos y financieros de un proveedor de servicios de U-Space o de un proveedor único de servicios comunes de información bajo su responsabilidad. 4.   La autoridad competente o la Agencia, según proceda, podrán, sobre la base del resultado de la evaluación a que se refiere el apartado 3, imponer condiciones particulares al titular del certificado, así como modificar, suspender, limitar o revocar el certificado.
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