Art. 6
Vinculaciones
En vigor desde 9 abr 2021
Artículo 6
Vinculaciones
1. Cuando el originador de una notificación establezca una vinculación entre notificaciones o con otros elementos del mapa de situación que pueda facilitar la comprensión de la situación y el contexto generales, vinculará dicha notificación a los elementos pertinentes.
2. Los propietarios de un mapa de situación podrán añadir o modificar las vinculaciones relacionadas con el mapa de situación que gestionen.
Historial de versiones
Este artículo no ha sufrido modificaciones desde su publicación.
Tus anotaciones
Proeli:reg_impl:2021:581:oj#art-6