Art. 14 · Solicitud de información

Art. 14

Solicitud de información

En vigor desde 9 abr 2021
Artículo 14 Solicitud de información 1.   Cuando sea necesario obtener más notificaciones sobre un hecho específico o actualizar el mapa de situación, los centros nacionales de coordinación, la Agencia o las entidades que gestionan los mapas de situación específicos podrán enviar una solicitud de información a una o varias de las fuentes a que se refieren el artículo 25, apartado 2, y el artículo 26, apartado 2, del Reglamento (UE) 2019/1896. 2.   Las solicitudes de información presentadas de conformidad con el apartado 1 podrán estar sujetas a un nivel de clasificación o a otras restricciones específicas en materia de política de datos. 3.   Las notificaciones de análisis de riesgos en respuesta a una solicitud de información estarán vinculadas a la solicitud de información original. 4.   El principio del consentimiento de los originadores se aplicará tanto a las solicitudes de información como a las notificaciones elaboradas en respuesta a las mismas.
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