Art. 7 · Solicitud de la homologación de tipo UE de unidad técnica independiente para sistemas y equipos

Art. 7

Solicitud de la homologación de tipo UE de unidad técnica independiente para sistemas y equipos

En vigor desde 31 mar 2021
Artículo 7 Solicitud de la homologación de tipo UE de unidad técnica independiente para sistemas y equipos Las solicitudes de homologación de tipo UE de una unidad técnica independiente con respecto a los siguientes sistemas y equipos se elaborarán de conformidad con el respectivo modelo de ficha de características a que se refiere el artículo 24, apartado 1, letra a), del Reglamento (UE) 2018/858: a) el lavaparabrisas, utilizando el modelo que contiene la información enumerada en la sección B de la parte 1 del anexo IV; b) el sistema antiproyección, utilizando el modelo que contiene la información enumerada en la sección B de la parte 1 del anexo VIII; c) el sistema de protección delantera, utilizando el modelo que contiene la información enumerada en la parte 1 del anexo XII; d) el dispositivo o equipo aerodinámico, utilizando el modelo que contiene la información enumerada en la sección B de la parte 1 del anexo XIII.
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