Art. 2
Retirada del mercado
En vigor desde 23 mar 2021
Artículo 2
Retirada del mercado
1. Las existencias del aditivo al que se hace referencia en el artículo 1, y de las premezclas que lo contengan, se retirarán del mercado, a más tardar, el 13 de octubre de 2021.
2. Las materias primas para piensos y los piensos compuestos para animales destinados a la producción de alimentos, que se hayan elaborado con el aditivo o las premezclas mencionados en el apartado1 antes del 13 de octubre de 2021 se retirarán del mercado a más tardar el 13 de abril de 2022.
3. Las materias primas para piensos y los piensos compuestos para animales no destinados a la producción de alimentos, que se hayan elaborado con el aditivo o las premezclas mencionados en el apartado1 antes del 13 de octubre de 2021 se retirarán del mercado a más tardar el 13 de abril de 2023.
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