Art. 1
En vigor desde 15 mar 2021
Artículo 1
Queda registrada la denominación «Pistacchio di Raffadali» (DOP).
La denominación contemplada en el párrafo primero identifica un producto de la clase 1.6, «Frutas, hortalizas y cereales frescos o transformados», del anexo XI del Reglamento de Ejecución (UE) n.o 668/2014 de la Comisión (3).
Historial de versiones
Este artículo no ha sufrido modificaciones desde su publicación.
Tus anotaciones
Proeli:reg_impl:2021:474:oj#art-1