Art. 6
Uso del EUCTP
En vigor desde 8 mar 2021
Artículo 6
Uso del EUCTP
1. El EUCTP dará acceso a los portales específicos para operadores económicos de los sistemas transeuropeos IAVE, AEO e INF a que se refieren el artículo 24, el artículo 38 y el artículo 67, respectivamente, así como a la interfaz compartida para operadores económicos en relación con el ICS2 a que se refiere el artículo 45.
2. El EUCTP se utilizará para el intercambio de información entre las autoridades aduaneras de los Estados miembros y los operadores económicos y otras personas acerca de las peticiones, las solicitudes, las autorizaciones y las decisiones en relación con los sistemas IAVE, AEO e INF.
3. El EUCTP podrá utilizarse para el intercambio de información entre las autoridades aduaneras de los Estados miembros y los operadores económicos y otras personas acerca de las declaraciones sumarias de entrada y, en su caso, las modificaciones, las remisiones emitidas y la invalidación en relación con el ICS2.
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