Art. 7 · Notificación de datos relativos a vehículos comerciales ligeros completados

Art. 7

Notificación de datos relativos a vehículos comerciales ligeros completados

En vigor desde 4 mar 2021
Artículo 7 Notificación de datos relativos a vehículos comerciales ligeros completados Los fabricantes de un vehículo de base contemplado en el anexo III, punto 1.2.2, del Reglamento (UE) 2019/631 transmitirán los datos previstos en el mismo punto por vía electrónica al archivo de datos empresariales, a más tardar, en el plazo de tres meses a partir de la notificación de los datos provisionales de conformidad con el artículo 4 del presente Reglamento.
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