Art. 1
Registro público de los organismos encargados de controlar los procesos de envejecimiento de las bebidas espirituosas
En vigor desde 26 feb 2021
Artículo 1
Registro público de los organismos encargados de controlar los procesos de envejecimiento de las bebidas espirituosas
1. Sobre la base de las notificaciones efectuadas por los Estados miembros de conformidad con el artículo 1, apartado 1, del Reglamento de Ejecución (UE) 2021/724 de la Comisión (2), la Comisión elaborará y actualizará una lista de organismos encargados de controlar los procesos de envejecimiento de las bebidas espirituosas.
2. La Comisión creará un registro público que recoja la lista actualizada de organismos encargados de controlar los procesos de envejecimiento. Dicho registro adoptará la forma de una base de datos electrónica accesible al público.
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