Art. 2

Art. 2

En vigor desde 24 feb 2021
Artículo 2 1.   El preparado de endo-1,4-beta-xilanasa producida por Trichoderma longibrachiatum (antes Trichoderma reesei) MUCL 49755 y endo-1,3(4)-beta-glucanasa producida por Trichoderma longibrachiatum (antes Trichoderma reesei) MUCL 49754 y las premezclas que lo contengan que hayan sido producidos y etiquetados antes del 17 de septiembre de 2021 de conformidad con las normas aplicables antes del 17 de marzo de 2021 podrán seguir comercializándose y utilizándose hasta que se agoten las existencias. 2.   Las materias primas para piensos y los piensos compuestos que contengan el preparado contemplado en el apartado 1 que hayan sido producidos y etiquetados antes del 17 de marzo de 2022 de conformidad con las normas aplicables antes del 17 de marzo de 2021 podrán seguir comercializándose y utilizándose hasta que se agoten las existencias si se destinan a animales utilizados para la producción de alimentos.
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