Art. 5
Principios horizontales
En vigor desde 12 feb 2021
Artículo 5
Principios horizontales
1. La ayuda del Mecanismo no sustituirá, excepto en casos debidamente justificados, a los gastos presupuestarios nacionales ordinarios y respetará el principio de adicionalidad de la financiación de la Unión a que se hace referencia en el artículo 9.
2. El Mecanismo solo apoyará aquellas medidas que respeten el principio de «no causar un perjuicio significativo».
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