Art. 3
Ámbito de aplicación
En vigor desde 12 feb 2021
Artículo 3
Ámbito de aplicación
El ámbito de aplicación del Mecanismo incluirá ámbitos de actuación de importancia europea estructurados en seis pilares, a saber:
a)
transición ecológica;
b)
transformación digital;
c)
crecimiento inteligente, sostenible e integrador, que incluya la cohesión económica, el empleo, la productividad, la competitividad, la investigación, el desarrollo y la innovación, y un mercado interior que funcione correctamente con pymes sólidas;
d)
cohesión social y territorial;
e)
salud y resiliencia económica, social e institucional, con objeto, entre otros, de aumentar la preparación y capacidad de reacción ante las crisis; y
f)
políticas para la próxima generación, la infancia y la juventud, tales como la educación y el desarrollo de capacidades.
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