Art. 3 · Objetivo general

Art. 3

Objetivo general

En vigor desde 10 feb 2021
Artículo 3 Objetivo general El objetivo general del Instrumento será promover la cohesión económica, social y territorial de la Unión, mediante el apoyo a los esfuerzos de los Estados miembros por acometer reformas. Ello es necesario para alentar la inversión, aumentar la competitividad y lograr una convergencia económica y social sostenible, la resiliencia y la recuperación. También es necesario para apoyar los esfuerzos de los Estados miembros por reforzar su capacidad institucional y administrativa, también en los ámbitos regional y local, facilitar transiciones socialmente inclusivas, ecológicas y digitales, abordar eficazmente los retos indicados en las recomendaciones específicas por país y aplicar el Derecho de la Unión.
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