Art. 8 · Protocolos y modelos para la comunicación de los datos por parte de los Estados miembros

Art. 8

Protocolos y modelos para la comunicación de los datos por parte de los Estados miembros

En vigor desde 29 ene 2021
Artículo 8 Protocolos y modelos para la comunicación de los datos por parte de los Estados miembros La Agencia facilitará protocolos y modelos para la comunicación de los datos, con el fin de ayudar a los Estados miembros a aplicar el formato de los datos que deben presentar a la Agencia.
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