Art. 32
DCP de deriva y buques de abastecimiento
En vigor desde 28 ene 2021
Artículo 32
DCP de deriva y buques de abastecimiento
1. Los DCP de deriva estarán provistos de boyas equipadas. Queda prohibido el uso de otras boyas, como las boyas de radiobalizaje.
2. Los cerqueros de jareta no podrán seguir más de 300 boyas operativas en un momento determinado.
3. El número de boyas equipadas que podrán adquirirse anualmente para cada cerquero de jareta será como máximo de 500. Ningún cerquero de jareta tendrá más de 500 boyas equipadas (en existencias u operativas) en un momento determinado.
4. El número de buques de abastecimiento será como máximo de dos, en apoyo de cinco cerqueros de jareta como mínimo, y todos ellos enarbolarán el pabellón de un Estado miembro. Esta disposición no se aplicará a los Estados miembros que solo utilicen un buque de abastecimiento.
5. Un cerquero de jareta no podrá recibir, en un momento determinado, el apoyo de más de un buque de abastecimiento que enarbole el pabellón de un Estado miembro.
6. La Unión no registrará ningún buque de abastecimiento nuevo o adicional en el registro de buques autorizados de la CAOI.
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