Art. 15 · Derogación

Art. 15

Derogación

En vigor desde 22 ene 2021
Artículo 15 Derogación 1.   Se deroga el Reglamento (CE) n.o 1745/2003 (BCE/2003/9) con efectos desde el 26 de junio de 2021. 2.   Las referencias al reglamento derogado se entenderán hechas al presente Reglamento y se interpretarán de acuerdo con el cuadro de correspondencias del anexo II.
Historial de versiones

Este artículo no ha sufrido modificaciones desde su publicación.

Tus anotaciones

Pro

eli:reg:2021:378:oj#art-15