Art. 1
Objeto
En vigor desde 20 ene 2021
Artículo 1
Objeto
El presente Reglamento establece medidas de ordenación, conservación y control relativas a la pesca en la zona de la Convención y con respecto a las poblaciones de atunes y especies afines, las demás especies capturadas por buques que pesquen atunes y especies afines y las especies que pertenezcan al mismo ecosistema y a las que afecta la pesca de poblaciones de peces abarcadas por la Convención, o que son dependientes de esas poblaciones o están asociadas con ellas.
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