Art. 5 · Sección titulada «¿Cuáles son los costes?»

Art. 5

Sección titulada «¿Cuáles son los costes?»

En vigor desde 18 dic 2020
Artículo 5 Sección titulada «¿Cuáles son los costes?» 1.   La información que figura en la sección titulada «¿Cuáles son los costes?» del documento de datos fundamentales del PEPP deberá facilitarse de forma breve, clara y fácilmente comprensible. Cualesquiera gastos y comisiones indicados en la sección «¿Cuáles son los costes?» se referirán a los costes en que se incurra realmente, ya sea directamente al nivel del promotor o de cualquier actividad externalizada o fondo de inversión, incluidos todos los gastos generales conexos. Si procede, los gastos y comisiones cobrados al posible ahorrador en PEPP, antes de ahorrar en el PEPP, se indicarán por separado como «costes iniciales». Los gastos y comisiones, tanto únicos como recurrentes, se presentarán como «costes totales anuales» en términos monetarios y en porcentaje del capital acumulado, tal como se define en el artículo 2, apartado 24, del Reglamento (UE) 2019/1238. El efecto compuesto de los costes se presentará sobre la base de una aportación mensual normalizada del ahorrador en PEPP expresada en términos monetarios, tal como se especifica en la parte III del anexo III del presente Reglamento. 2.   La sección titulada «¿Cuáles son los costes?» del documento de datos fundamentales del PEPP deberá incluir la información siguiente: a) información sobre los costes administrativos derivados de las actividades del promotor del PEPP a la hora de administrar las cuentas de PEPP, cobrar las aportaciones, facilitar información a los partícipes y realizar los pagos; b) información sobre los siguientes costes de inversión: i) los costes de custodia de activos, incluidas las comisiones abonadas al depositario por la custodia de los activos y el cobro de los ingresos procedentes de dividendos e intereses, ii) los costes de operaciones de cartera, incluidos los pagos reales efectuados por el promotor del PEPP a terceros para sufragar los costes incurridos en relación con la adquisición o cesión de cualquier activo en la cuenta del PEPP, iii) otros costes relativos a la gestión de las inversiones; c) información sobre los costes de distribución derivados de la comercialización y venta del PEPP, incluidos los gastos y comisiones relacionados con la prestación de asesoramiento; d) información sobre los costes de garantía cobrados al ahorrador en PEPP por la garantía financiera de reembolsar al menos el capital acumulado en el momento de la disposición y de cualquier otra garantía financiera proporcionada en el marco del contrato de PEPP. 3.   En caso de que un promotor de PEPP cobre comisiones para recuperar los costes del asesoramiento inicial durante el período inicial del contrato de PEPP, antes de que el ahorrador en PEPP tenga derecho a cambiar de promotor de PEPP de conformidad con el artículo 52, apartado 3, del Reglamento (UE) 2019/1238, el promotor del PEPP informará a los posibles ahorradores en PEPP del importe total de dichas comisiones, así como del período de tiempo y de la frecuencia durante la cual se aplicarán. 4.   Cuando la información se presente en formato electrónico con estratificación, el primer estrato contendrá, como mínimo, la siguiente información: a) información sobre los costes totales anuales, en términos monetarios y en porcentaje del capital acumulado al final del año, tal como se especifica en el apartado 1; b) si procede, información sobre los costes iniciales. El resto de la información podrá facilitarse en los estratos adicionales de detalle.
Historial de versiones

Este artículo no ha sufrido modificaciones desde su publicación.

Tus anotaciones

Pro

eli:reg_del:2021:473:oj#art-5