Art. 12 · Tipos de gastos y comisiones del PEPP básico

Art. 12

Tipos de gastos y comisiones del PEPP básico

En vigor desde 18 dic 2020
Artículo 12 Tipos de gastos y comisiones del PEPP básico 1.   Los gastos y comisiones a que se refiere el artículo 45, apartado 2, del Reglamento (UE) 2019/1238, en relación con el capital acumulado del ahorrador en PEPP básico al final del año de que se trate, deberán incluir todos los gastos y comisiones reales en que se incurra, directamente a nivel del promotor o a nivel de una actividad externalizada, incluidos las correspondientes comisiones y gastos generales en relación con el ahorro en el PEPP básico y la distribución del PEPP básico. Dichos gastos y comisiones incluirán, en particular, los costes siguientes: a) costes administrativos; b) costes de inversión; c) costes de distribución. 2.   En los gastos a que se refiere el artículo 45, apartado 2, del Reglamento (UE) 2019/1238 no deberán incluirse los gastos y comisiones vinculados a elementos o características adicionales del PEPP básico que no se exijan en el artículo 45 del Reglamento (UE) 2019/1238, ni los gastos y comisiones relacionados con los servicios de cambio de proveedor, tal como se establece en el artículo 54 del Reglamento (UE) 2019/1238.
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