Art. 13.tit_1
Comunicación de pérdidas resultantes de préstamos garantizados mediante bienes inmuebles de conformidad con el artículo 430 bis, apartado 1, del Reglamento (UE) n.o 575/2013, de forma individual y en base consolidada
En vigor desde 17 dic 2020
Historial de versiones
Este artículo no ha sufrido modificaciones desde su publicación.
Tus anotaciones
Proeli:reg_impl:2021:451:oj#art-13.tit_1