Art. 6 · Modelos de certificados zoosanitarios para los desplazamientos dentro de la Unión de determinadas categorías de animales acuáticos y productos de origen animal procedentes de animales acuáticos

Art. 6

Modelos de certificados zoosanitarios para los desplazamientos dentro de la Unión de determinadas categorías de animales acuáticos y productos de origen animal procedentes de animales acuáticos

En vigor desde 16 dic 2020
Artículo 6 Modelos de certificados zoosanitarios para los desplazamientos dentro de la Unión de determinadas categorías de animales acuáticos y productos de origen animal procedentes de animales acuáticos Los certificados zoosanitarios contemplados en el artículo 1, apartado 2, letra a), que deben utilizarse para los desplazamientos dentro de la Unión de las partidas de determinadas categorías de animales acuáticos y determinados productos de origen animal procedentes de animales acuáticos corresponderán a uno de los modelos que figuran a continuación, en función de los animales acuáticos y las categorías de los productos en cuestión: a) AQUA-INTRA-ESTAB, redactado de conformidad con el modelo establecido en el anexo I, capítulo 1, para los animales acuáticos destinados a establecimientos de acuicultura; b) AQUA-INTRA-RELEASE, redactado de conformidad con el modelo establecido en el anexo I, capítulo 2, para los animales acuáticos destinados a ser liberados en el medio natural; c) AQUA-INTRA-HC, redactado de conformidad con el modelo establecido en el anexo I, capítulo 3, para los animales acuáticos destinados al consumo humano; d) AQUA-INTRA-RESTRICT, redactado de conformidad con el modelo establecido en el anexo I, capítulo 4, para los animales acuáticos sujetos a restricciones de desplazamiento o a medidas de emergencia en relación con enfermedades de la lista o emergentes; e) AQUA-INTRA-BAIT, redactado de conformidad con el modelo establecido en el anexo I, capítulo 5, para los animales acuáticos destinados a ser utilizados como cebos de pesca vivos; f) PAO-AQUA-INTRA-PROCESS, redactado de conformidad con el modelo establecido en el anexo I, capítulo 6, para los productos de origen animal procedentes de animales de acuicultura distintos de los animales de acuicultura vivos, destinados a una transformación ulterior; g) PAO-AQUA-INTRA-RESTRICT, redactado de conformidad con el modelo establecido en el anexo I, capítulo 7, para los productos de origen animal procedentes de animales de acuicultura distintos de los animales de acuicultura vivos sujetos a restricciones de desplazamiento o a medidas de emergencia en relación con enfermedades de la lista o emergentes.
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