Art. 15 · Modelo de certificado zoosanitario-oficial y modelo de certificado oficial para la entrada en la Unión de moluscos bivalvos, equinodermos, tunicados o gasterópodos marinos vivos, productos de origen animal procedentes de esos animales y determinados moluscos bivalvos transformados, destinados al consumo humano

Art. 15

Modelo de certificado zoosanitario-oficial y modelo de certificado oficial para la entrada en la Unión de moluscos bivalvos, equinodermos, tunicados o gasterópodos marinos vivos, productos de origen animal procedentes de esos animales y determinados moluscos bivalvos transformados, destinados al consumo humano

En vigor desde 16 dic 2020
Artículo 15 Modelo de certificado zoosanitario-oficial y modelo de certificado oficial para la entrada en la Unión de moluscos bivalvos, equinodermos, tunicados o gasterópodos marinos vivos, productos de origen animal procedentes de esos animales y determinados moluscos bivalvos transformados, destinados al consumo humano 1.   El certificado zoosanitario-oficial contemplado en el artículo 1, apartado 3, letra b), inciso ii), que debe utilizarse para la entrada en la Unión de moluscos bivalvos, equinodermos, tunicados, gasterópodos marinos vivos y productos de origen animal procedentes de esos animales, destinados al consumo humano, corresponderá al modelo MOL-HC, redactado de conformidad con el modelo establecido en el anexo III, capítulo 31. 2.   El certificado oficial contemplado en el artículo 1, apartado 3, letra b), inciso ii), que debe utilizarse para la entrada en la Unión de moluscos bivalvos transformados destinados al consumo humano pertenecientes a la especie Acanthocardia tuberculatum corresponderá al modelo MOL-AT, redactado de conformidad con el modelo establecido en el anexo III, capítulo 32.
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