Art. 4 · Lista de homologaciones de tipo UE

Art. 4

Lista de homologaciones de tipo UE

En vigor desde 1 dic 2020
Artículo 4 Lista de homologaciones de tipo UE 1.   Cuando los Estados miembros pongan a disposición del público mediante el ETAES las listas de las homologaciones de tipo UE y de los servicios técnicos a los que se hace referencia en el artículo 12, apartado 4, del Reglamento (UE) 2018/858, lo harán en un formato normalizado que permita realizar búsquedas. Los Estados miembros mantendrán actualizadas las mencionadas listas. 2.   En las listas a las que se hace referencia en el apartado 1 se incluirá la información siguiente: a) el número distintivo del Estado miembro que haya expedido el certificado de homologación de tipo UE, de conformidad con el punto 2.1 del anexo IV del Reglamento de Ejecución (UE) 2020/683; b) el número del certificado de homologación de tipo UE: c) la situación de la homologación de tipo UE, a saber, «granted» (concedida), «amended» (modificada), «refused» (denegada) o «withdrawn» (retirada); d) el nombre del servicio técnico responsable de la realización de los ensayos, si procede; e) la fecha de homologación del certificado de homologación de tipo UE. 3.   En el sitio web de la Comisión podrá publicarse una lista de las homologaciones de tipo UE y de los servicios técnicos a los que se hace referencia en el artículo 12, apartado 4, del Reglamento (UE) 2018/858.
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