Art. 1 · Sistema común de intercambio electrónico seguro

Art. 1

Sistema común de intercambio electrónico seguro

En vigor desde 1 dic 2020
Artículo 1 Sistema común de intercambio electrónico seguro El sistema europeo de intercambio para la homologación de tipo (en lo sucesivo, «ETAES») se utilizará como sistema común de intercambio electrónico seguro al que se hace referencia en el artículo 27, apartado 3, del Reglamento (UE) 2018/858.
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