Art. 14.tit_1
Obtención de pruebas en presencia y con la participación de mandatarios del órgano jurisdiccional requirente
En vigor desde 25 nov 2020
Historial de versiones
Este artículo no ha sufrido modificaciones desde su publicación.
Tus anotaciones
Proeli:reg:2020:1783:oj#art-14.tit_1