Art. 18 · Entrada en vigor y aplicación

Art. 18

Entrada en vigor y aplicación

En vigor desde 20 nov 2020
Artículo 18 Entrada en vigor y aplicación El presente Reglamento entrará en vigor a los veinte días de su publicación en el Diario Oficial de la Unión Europea. Será aplicable a partir del 27 de marzo de 2021.
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