Art. 17 · Derogación

Art. 17

Derogación

En vigor desde 20 nov 2020
Artículo 17 Derogación Queda derogado el Reglamento de Ejecución (UE) n.o 844/2012. No obstante, seguirá aplicándose al procedimiento de renovación de la aprobación de las sustancias activas: 1) cuyo período de aprobación finalice antes del 27 de marzo de 2024; 2) para las que un reglamento, adoptado de conformidad con el artículo 17 del Reglamento (CE) n.o 1107/2009 el 27 de marzo de 2021 o posteriormente, amplíe el período de aprobación hasta el 27 de marzo de 2024 o una fecha posterior.
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