Art. 1 · Recuperación de la totalidad de los costes de supervisión

Art. 1

Recuperación de la totalidad de los costes de supervisión

En vigor desde 18 sept 2020
Artículo 1 Recuperación de la totalidad de los costes de supervisión Las tasas cobradas a los registros de titulizaciones cubrirán: a) todos los costes relativos a la inscripción y la supervisión de los registros de titulizaciones por parte de la AEVM de conformidad con el Reglamento (UE) 2017/2402, incluidos los costes derivados de la ampliación de la inscripción en el caso de los registros de operaciones ya inscritos en virtud del título VI, capítulo 1, del Reglamento (UE) n.o 648/2012 o del capítulo III del Reglamento (UE) 2015/2365; b) todos los costes que deban reembolsarse a las autoridades competentes que hayan desempeñado funciones según lo previsto en el Reglamento (UE) 2017/2402, así como los costes derivados de toda delegación de tareas con arreglo al artículo 14, apartado 1, de dicho Reglamento.
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