Art. 2
Formato de los programas de prospección plurianuales y las modalidades prácticas de la aplicación de los elementos relativos a los riesgos de plagas
En vigor desde 27 ago 2020
Artículo 2
Formato de los programas de prospección plurianuales y las modalidades prácticas de la aplicación de los elementos relativos a los riesgos de plagas
1. El formato de los programas de prospección plurianuales y las modalidades prácticas de la aplicación de los elementos establecidos en el artículo 23, apartado 1, del Reglamento (UE) 2016/2031 a los riesgos de plagas específicos se establecen en el anexo II.
2. La plantilla de los programas de prospección plurianuales constará de las siguientes partes:
a)
Parte I: Información general;
b)
Parte II: Plantillas para los programas plurianuales de prospección.
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