Art. 21
Comunicación de información resumida sobre las transferencias efectuadas en virtud del Reglamento (UE) 2018/842
En vigor desde 7 ago 2020
Artículo 21
Comunicación de información resumida sobre las transferencias efectuadas en virtud del Reglamento (UE) 2018/842
1. Los Estados miembros facilitarán información resumida sobre las transferencias efectuadas de conformidad con el artículo 5 del Reglamento (UE) 2018/842, tal como se contempla en el anexo V, parte 1, letra f), del Reglamento (UE) 2018/1999, con arreglo al formato establecido en el cuadro 1 del anexo XVII del presente Reglamento. Una vez que la Comisión haya concluido su trabajo de recopilación, se publicará, en un plazo de tres meses a partir de la recepción de los informes enviados por los Estados miembros y en formato electrónico, un resumen de la información facilitada con arreglo al presente apartado. En este resumen se comunicará la gama de precios pagados por cada transacción relativa a la asignación anual de emisiones.
2. En los dos períodos comprendidos entre la publicación de los actos de ejecución a que se refiere el artículo 38, apartado 4, y el inicio del procedimiento de control de la conformidad establecido en el artículo 38, apartado 6, del Reglamento (UE) 2018/1999, de conformidad con el artículo 9 del Reglamento (UE) 2018/842, los Estados miembros podrán notificar a la Comisión, el día 15 de cada mes, las transferencias efectuadas de conformidad con el artículo 5 del Reglamento (UE) 2018/842, con arreglo al formato establecido en el cuadro 2 del anexo XVII del presente Reglamento. Una vez que la Comisión haya concluido su trabajo de recopilación, se publicará, en tiempo oportuno y en formato electrónico, un resumen de la información recibida con arreglo al presente apartado.
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