Art. 11
Comunicación de información sobre los métodos de inventario, los factores de emisión y las descripciones metodológicas correspondientes de las categorías clave de la Unión
En vigor desde 7 ago 2020
Artículo 11
Comunicación de información sobre los métodos de inventario, los factores de emisión y las descripciones metodológicas correspondientes de las categorías clave de la Unión
1. Los Estados miembros facilitarán la siguiente información para la preparación del informe sobre el inventario de la Unión a que se refiere el anexo V, parte 1, letra m), del Reglamento (UE) 2018/1999:
a)
información resumida sobre los métodos y los factores de emisión utilizados para las categorías clave de la Unión en los ficheros XML pertinentes de los cuadros de notificación comunes;
b)
para esas categorías clave de la Unión, cuando la información sobre los métodos y los factores de emisión no figure en los cuadros de notificación comunes, la información contemplada en el anexo IX, parte 3, del presente Reglamento;
c)
descripciones metodológicas resumidas actualizadas de las categorías clave de la Unión, con arreglo al formato establecido en el anexo IX, parte 4.
2. A efectos de la presentación de información con arreglo al apartado 1, la Comisión facilitará a los Estados miembros lo siguiente:
a)
la lista de las categorías clave de la Unión más recientes, a más tardar el 31 de octubre, con arreglo al formato tabular establecido en el anexo IX, parte 1;
b)
la lista actualizada a que se refiere el apartado 2, letra a), señalando los cambios, a más tardar el 28 de febrero;
c)
cuando se disponga de ella, la información sobre los métodos de inventario, los factores de emisión y las descripciones metodológicas resumidas, a más tardar el 31 de octubre, con arreglo al formato establecido en el anexo IX, parte 2, y
d)
la información actualizada a que se refiere el apartado 2, letra c), a más tardar el 28 de febrero.
Historial de versiones
Este artículo no ha sufrido modificaciones desde su publicación.
Tus anotaciones
Proeli:reg_impl:2020:1208:oj#art-11