Art. 3 · Entrada en vigor y aplicación

Art. 3

Entrada en vigor y aplicación

En vigor desde 5 ago 2020
Artículo 3 Entrada en vigor y aplicación El presente Reglamento entrará en vigor a los veinte días de su publicación en el Diario Oficial de la Unión Europea. Será aplicable a partir del 26 febrero 2021, a excepción del punto 4 del anexo II, que será de aplicación a partir del 26 August 2023.
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