Art. 15 · Desagregación del indicador adelantado

Art. 15

Desagregación del indicador adelantado

En vigor desde 31 jul 2020
Artículo 15 Desagregación del indicador adelantado Los Estados miembros cuya moneda es el euro transmitirán a la Comisión (Eurostat) los indicadores adelantados de todos los subíndices de sus IPCA.
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