Art. 1
En vigor desde 20 jul 2020
Artículo 1
El Reglamento (UE) 2017/2454 se modifica como sigue:
1)
En el artículo 1, el punto 7 se modifica como sigue:
a)
en la letra a), el título de la sección 2 se sustituye por el texto siguiente:
«Disposiciones aplicables desde el 1 de enero de 2015 hasta el 30 de junio de 2021
»
;
b)
la letra b) se modifica como sigue:
i)
el título de la sección 3 se sustituye por el texto siguiente:
«Disposiciones aplicables a partir del 1 de julio de 2021
»
,
ii)
el artículo 47 bis se sustituye por el texto siguiente:
«Artículo 47 bis
Las disposiciones de la presente sección se aplicarán a partir del 1 de julio de 2021.».
2)
En el artículo 2, el párrafo segundo se sustituye por el texto siguiente:
«Se aplicará a partir del 1 de julio de 2021.».
Historial de versiones
Este artículo no ha sufrido modificaciones desde su publicación.
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