Art. 2 · Escenario de referencia en lo que respecta a la temperatura

Art. 2

Escenario de referencia en lo que respecta a la temperatura

En vigor desde 17 jul 2020
Artículo 2 Escenario de referencia en lo que respecta a la temperatura Los administradores de índices de referencia de transición climática de la UE y los administradores de índices de referencia de la UE armonizados con el Acuerdo de París usarán el escenario de 1,5 °C, con sobrepaso nulo o reducido, a que se refiere el informe especial Calentamiento global de 1,5 °C del Grupo Intergubernamental de Expertos sobre el Cambio Climático (IPCC) como escenario de referencia en lo que respecta a la temperatura para diseñar la metodología de elaboración de dichos índices de referencia.
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