Art. 2
En vigor desde 15 jul 2020
Artículo 2
El Reglamento de Ejecución (UE) 2020/596 queda derogado con efectos a partir del 17 de julio de 2020.
No obstante, seguirá siendo aplicable a los contratos celebrados en virtud de dicho Reglamento antes de la entrada en vigor del presente Reglamento.
Historial de versiones
Este artículo no ha sufrido modificaciones desde su publicación.
Tus anotaciones
Proeli:reg_impl:2020:1028:oj#art-2