Art. 5
Información adicional que debe incluirse en el certificado fitosanitario
En vigor desde 26 jun 2020
Artículo 5
Información adicional que debe incluirse en el certificado fitosanitario
Cuando se facilite la información que figura en el artículo 4, letras c) o d), el certificado deberá, además, incluir la información de que se cumple una de las condiciones siguientes:
a)
los vegetales especificados proceden directamente de plantas madre cultivadas en las condiciones establecidas en el artículo 4, letras a), b) o c);
b)
los vegetales especificados proceden directamente de plantas madre sometidas a pruebas individuales previas que confirmaron que estaban libres de la plaga especificada;
c)
los vegetales especificados han sido sometidos a pruebas de acuerdo con un plan de muestreo capaz de confirmar con una fiabilidad del 99 % que el nivel de presencia de la plaga especificada en los vegetales especificados es inferior al 0,1 %.
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