Art. 3 · Entrada en vigor y aplicación

Art. 3

Entrada en vigor y aplicación

En vigor desde 4 jun 2020
Artículo 3 Entrada en vigor y aplicación El presente Reglamento entrará en vigor a los tres días de su publicación en el Diario Oficial de la Unión Europea. No obstante, el artículo 1, puntos 1, 3 y 4, y el artículo 2 serán aplicables desde el 21 de julio de 2019.
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