Art. 8 · Obligaciones de los prestadores de servicios de alojamiento de datos

Art. 8

Obligaciones de los prestadores de servicios de alojamiento de datos

En vigor desde 25 may 2020
Artículo 8 Obligaciones de los prestadores de servicios de alojamiento de datos Cuando un prestador de servicios en el sentido del artículo 14 de la Directiva 2000/31/CE permita la venta de neumáticos a través de su sitio web, dicho prestador de servicios hará posible que se exhiban la etiqueta del neumático y la ficha de información del producto facilitadas por el proveedor cerca de la indicación del precio e informará al distribuidor acerca de la obligación de exhibir la etiqueta del neumático y la ficha de información del producto.
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