Art. 10 · Procedimiento de verificación

Art. 10

Procedimiento de verificación

En vigor desde 25 may 2020
Artículo 10 Procedimiento de verificación Respecto de cada uno de los parámetros establecidos en el anexo I, los Estados miembros aplicarán el procedimiento de verificación que figura en el anexo VI a la hora de evaluar la conformidad de las clases declaradas con el presente Reglamento.
Historial de versiones

Este artículo no ha sufrido modificaciones desde su publicación.

Tus anotaciones

Pro

eli:reg:2020:740:oj#art-10