Art. 7 · Desembolso del préstamo concedido en virtud del Instrumento

Art. 7

Desembolso del préstamo concedido en virtud del Instrumento

En vigor desde 19 may 2020
Artículo 7 Desembolso del préstamo concedido en virtud del Instrumento El préstamo concedido en virtud del Instrumento (en lo sucesivo, «préstamo») se desembolsará en varios plazos.
Historial de versiones

Este artículo no ha sufrido modificaciones desde su publicación.

Tus anotaciones

Pro

eli:reg:2020:672:oj#art-7