Art. 6 · Correcciones del Reglamento Delegado (UE) n.o 392/2012

Art. 6

Correcciones del Reglamento Delegado (UE) n.o 392/2012

En vigor desde 27 abr 2020
Artículo 6 Correcciones del Reglamento Delegado (UE) n.o 392/2012 El Reglamento Delegado (UE) n.o 392/2012 se corrige como sigue: 1) En el punto 1, número 1 del anexo I, el párrafo IV se sustituye por el siguiente texto: «IV. consumo de energía anual ponderado (AEC ) en kWh al año, redondeado al número entero superior más próximo y calculado de conformidad con el anexo VII;». 2) En el punto 1 del anexo II, la letra f) se sustituye por el siguiente texto: «f) en el caso de una secadora de tambor doméstica alimentada a través de la red eléctrica: el consumo de energía anual ponderado (AEC ) redondeado al primer decimal superior; dicho consumo se describirá del siguiente modo: “Consumo de energía ‘X’ kWh al año, sobre la base de 160 ciclos de secado del programa de algodón normal con carga completa y con carga parcial, y del consumo de los modos de bajo consumo. El consumo real de energía por ciclo depende de cómo se utilice el aparato.”; en el caso de una secadora de tambor alimentada con gas: el consumo de energía anual ponderado (AEC(Gas) ) redondeado al primer decimal superior; dicho consumo se describirá del siguiente modo: “Consumo de energía ‘X’ kWh-Gas al año, sobre la base de 160 ciclos de secado del programa de algodón normal con carga completa y con carga parcial. El consumo real de energía por ciclo depende de cómo se utilice el aparato.”; y el consumo de energía anual ponderado (AEC(Gas)el ) redondeado al primer decimal superior; dicho consumo se describirá del siguiente modo: «Consumo de energía ‘X’ kWh al año, sobre la base de 160 ciclos de secado del programa de algodón normal con carga completa y con carga parcial, y del consumo de los modos de bajo consumo. El consumo real de energía por ciclo depende de cómo se utilice el aparato.”;». 3) En el punto 1, letra f) del anexo III, el inciso i) se sustituye por el siguiente texto: «i) en el caso de una secadora de tambor doméstica alimentada a través de la red eléctrica: el consumo energético (Edry , , Egdry , , Egdry,a , ) en el programa normal de algodón con carga completa y con carga parcial, en el caso de una secadora de tambor alimentada con gas; el consumo de energía anual ponderado (AEC(Gas) ) redondeado al primer decimal superior; dicho consumo se describirá del siguiente modo: “Consumo de energía ‘X’ kWh-Gas al año, sobre la base de 160 ciclos de secado del programa de algodón normal con carga completa y con carga parcial. El consumo real de energía por ciclo depende de cómo se utilice el aparato.”; y el consumo de energía anual ponderado (AEC(Gas)el ) redondeado al primer decimal superior; dicho consumo se describirá del siguiente modo: «Consumo de energía ‘X’ kWh al año, sobre la base de 160 ciclos de secado del programa de algodón normal con carga completa y con carga parcial, y del consumo de los modos de bajo consumo. El consumo real de energía por ciclo depende de cómo se utilice el aparato.”;». 4) El anexo IV se corrige como sigue: a) en el punto 1, la letra d) se sustituye por el siguiente texto: «d) en el caso de una secadora de tambor doméstica alimentada a través de la red eléctrica: el consumo de energía anual ponderado (AEC ) redondeado al número entero superior más próximo, que se describirá del siguiente modo: “Consumo de energía ‘X’ kWh al año, sobre la base de 160 ciclos de secado del programa de algodón normal con carga completa y con carga parcial, y del consumo de los modos de bajo consumo. El consumo real de energía por ciclo depende de cómo se utilice el aparato.”; en el caso de una secadora de tambor alimentada con gas: el consumo de energía anual ponderado (AEC(Gas) ) redondeado al primer decimal superior; dicho consumo se describirá del siguiente modo: “Consumo de energía ‘X’ kWh-Gas al año, sobre la base de 160 ciclos de secado del programa de algodón normal con carga completa y con carga parcial. El consumo real de energía por ciclo depende de cómo se utilice el aparato.”; y el consumo de energía anual ponderado (AEC(Gas)el ) redondeado al primer decimal superior; dicho consumo se describirá del siguiente modo: “Consumo de energía ‘X’ kWh al año, sobre la base de 160 ciclos de secado del programa de algodón normal con carga completa y con carga parcial, y del consumo de los modos de bajo consumo. El consumo real de energía por ciclo depende de cómo se utilice el aparato.”;»; b) en el punto 1, la letra f) se sustituye por el siguiente texto: «f) el consumo energético (Edry , , Egdry , , Egdry,a , ) en el programa normal de algodón con carga completa y con carga parcial, redondeado al segundo decimal superior y calculado de conformidad con el anexo VII;». 5) En el punto 2 del anexo VI, el párrafo segundo se sustituye por el siguiente texto: «La eficiencia de la condensación ponderada (Ct ) de una secadora de tambor doméstica de condensación se determinará con arreglo a lo dispuesto en el punto 3 del anexo VII.».
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