Art. 6
Correcciones del Reglamento Delegado (UE) n.o 392/2012
En vigor desde 27 abr 2020
Artículo 6
Correcciones del Reglamento Delegado (UE) n.o 392/2012
El Reglamento Delegado (UE) n.o 392/2012 se corrige como sigue:
1)
En el punto 1, número 1 del anexo I, el párrafo IV se sustituye por el siguiente texto:
«IV.
consumo de energía anual ponderado (AEC
) en kWh al año, redondeado al número entero superior más próximo y calculado de conformidad con el anexo VII;».
2)
En el punto 1 del anexo II, la letra f) se sustituye por el siguiente texto:
«f)
en el caso de una secadora de tambor doméstica alimentada a través de la red eléctrica:
el consumo de energía anual ponderado (AEC
) redondeado al primer decimal superior; dicho consumo se describirá del siguiente modo: “Consumo de energía ‘X’ kWh al año, sobre la base de 160 ciclos de secado del programa de algodón normal con carga completa y con carga parcial, y del consumo de los modos de bajo consumo. El consumo real de energía por ciclo depende de cómo se utilice el aparato.”;
en el caso de una secadora de tambor alimentada con gas:
el consumo de energía anual ponderado (AEC(Gas)
) redondeado al primer decimal superior; dicho consumo se describirá del siguiente modo: “Consumo de energía ‘X’ kWh-Gas al año, sobre la base de 160 ciclos de secado del programa de algodón normal con carga completa y con carga parcial. El consumo real de energía por ciclo depende de cómo se utilice el aparato.”;
y
el consumo de energía anual ponderado (AEC(Gas)el
) redondeado al primer decimal superior; dicho consumo se describirá del siguiente modo: «Consumo de energía ‘X’ kWh al año, sobre la base de 160 ciclos de secado del programa de algodón normal con carga completa y con carga parcial, y del consumo de los modos de bajo consumo. El consumo real de energía por ciclo depende de cómo se utilice el aparato.”;».
3)
En el punto 1, letra f) del anexo III, el inciso i) se sustituye por el siguiente texto:
«i)
en el caso de una secadora de tambor doméstica alimentada a través de la red eléctrica:
el consumo energético (Edry
,
, Egdry
,
, Egdry,a
,
) en el programa normal de algodón con carga completa y con carga parcial,
en el caso de una secadora de tambor alimentada con gas;
el consumo de energía anual ponderado (AEC(Gas)
) redondeado al primer decimal superior; dicho consumo se describirá del siguiente modo: “Consumo de energía ‘X’ kWh-Gas al año, sobre la base de 160 ciclos de secado del programa de algodón normal con carga completa y con carga parcial. El consumo real de energía por ciclo depende de cómo se utilice el aparato.”;
y
el consumo de energía anual ponderado (AEC(Gas)el
) redondeado al primer decimal superior; dicho consumo se describirá del siguiente modo: «Consumo de energía ‘X’ kWh al año, sobre la base de 160 ciclos de secado del programa de algodón normal con carga completa y con carga parcial, y del consumo de los modos de bajo consumo. El consumo real de energía por ciclo depende de cómo se utilice el aparato.”;».
4)
El anexo IV se corrige como sigue:
a)
en el punto 1, la letra d) se sustituye por el siguiente texto:
«d)
en el caso de una secadora de tambor doméstica alimentada a través de la red eléctrica:
el consumo de energía anual ponderado (AEC
) redondeado al número entero superior más próximo, que se describirá del siguiente modo: “Consumo de energía ‘X’ kWh al año, sobre la base de 160 ciclos de secado del programa de algodón normal con carga completa y con carga parcial, y del consumo de los modos de bajo consumo. El consumo real de energía por ciclo depende de cómo se utilice el aparato.”;
en el caso de una secadora de tambor alimentada con gas:
el consumo de energía anual ponderado (AEC(Gas)
) redondeado al primer decimal superior; dicho consumo se describirá del siguiente modo: “Consumo de energía ‘X’ kWh-Gas al año, sobre la base de 160 ciclos de secado del programa de algodón normal con carga completa y con carga parcial. El consumo real de energía por ciclo depende de cómo se utilice el aparato.”;
y
el consumo de energía anual ponderado (AEC(Gas)el
) redondeado al primer decimal superior; dicho consumo se describirá del siguiente modo: “Consumo de energía ‘X’ kWh al año, sobre la base de 160 ciclos de secado del programa de algodón normal con carga completa y con carga parcial, y del consumo de los modos de bajo consumo. El consumo real de energía por ciclo depende de cómo se utilice el aparato.”;»;
b)
en el punto 1, la letra f) se sustituye por el siguiente texto:
«f)
el consumo energético (Edry
,
, Egdry
,
, Egdry,a
,
) en el programa normal de algodón con carga completa y con carga parcial, redondeado al segundo decimal superior y calculado de conformidad con el anexo VII;».
5)
En el punto 2 del anexo VI, el párrafo segundo se sustituye por el siguiente texto:
«La eficiencia de la condensación ponderada (Ct
) de una secadora de tambor doméstica de condensación se determinará con arreglo a lo dispuesto en el punto 3 del anexo VII.».
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