Art. 1 · Disposiciones transitorias

Art. 1

Disposiciones transitorias

En vigor desde 20 feb 2020
Artículo 1 El Reglamento (UE) n.o 901/2014 se modifica como sigue: 1) Se inserta el artículo 12 bis siguiente: «Artículo 12 bis Disposiciones transitorias 1.   Hasta el 30 de junio de 2020, las autoridades nacionales seguirán concediendo homologaciones de tipo a los tipos de vehículo con arreglo al presente Reglamento en su versión aplicable el 11 de marzo de 2020. 2.   Hasta el 31 de diciembre de 2020, los Estados miembros autorizarán la introducción en el mercado, la matriculación y la puesta en servicio de los vehículos con base en un tipo de vehículo homologado con arreglo al presente Reglamento en su versión aplicable el 11 de marzo de 2020.». 2) Los anexos I, IV, VII y VIII se modifican con arreglo al anexo del presente Reglamento.
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