Art. 2
Corrección del Reglamento (CE) n.o 1235/2008
En vigor desde 13 ene 2020
Artículo 2
Corrección del Reglamento (CE) n.o 1235/2008
El anexo IV del Reglamento (CE) n.o 1235/2008 se corrige con arreglo al anexo III del presente Reglamento.
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