Art. 1 · Objeto y ámbito de aplicación

Art. 1

Objeto y ámbito de aplicación

En vigor desde 19 dic 2019
Artículo 1 Objeto y ámbito de aplicación El presente Reglamento establece normas relativas a la ejecución y financiación del presupuesto general de la Unión (en lo sucesivo, «presupuesto») en 2020 en relación con la retirada del Reino Unido de la Unión sin un acuerdo de retirada, y a las acciones en régimen de gestión directa, indirecta y compartida respecto de las cuales la opción a financiación depende de la pertenencia del Reino Unido a la Unión en la fecha en que los Tratados dejen de aplicarse al Reino Unido y en él (en lo sucesivo, «fecha de retirada»). El presente Reglamento se aplicará sin perjuicio de los programas de cooperación territorial regulados en el Reglamento (UE) 2019/491 del Parlamento Europeo y del Consejo (9) y de las actividades de movilidad educativa en el marco del programa Erasmus+ reguladas en el Reglamento (UE) 2019/499 del Parlamento Europeo y del Consejo (10).
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