Art. 77 · Confirmación oficial de una enfermedad de categoría A en animales de acuicultura

Art. 77

Confirmación oficial de una enfermedad de categoría A en animales de acuicultura

En vigor desde 17 dic 2019
Artículo 77 Confirmación oficial de una enfermedad de categoría A en animales de acuicultura La autoridad competente confirmará oficialmente un brote de una enfermedad de categoría A en animales de acuicultura cuando se cumplan las condiciones estipuladas en el artículo 9, apartados 2, 3 y 4, del Reglamento Delegado (UE) 2020/689.
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